Diputados aprobó modificaciones al Código Civil sobre donaciones inoficiosas

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La Cámara baja aprobó por unanimidad una modificación a los artículos 2.386, 2.457, 2.458 y 2.459 del Código Civil, sobre Donaciones Inoficiosas. “El objetivo fundamental de la ley es proteger a terceros adquirientes de bienes registrables que sean de buena fe, a título oneroso, y hayan tenido como antecedente la adquisición de un título de donación. Y asegurar la circulabilidad plena de los títulos que provengan de donaciones para favorecer todo el crédito hipotecario respetando la libertad de donar y la voluntad de las personas”, señaló la diputada Gabriela Lena.

Lena remarcó que este proyecto, que ya cuenta con media sanción del Senado, “viene a tomar un repetido reclamo de los colegas escribanos y colegios profesionales y que tuvo una activa participación el Consejo Federal del Notariado Argentino. El contrato de donación es uno de los contratos más arraigados en las costumbres de nuestro país, y sobre todo pasa en el interior de nuestro país. Es un contrato entre vivos sin esperar el fallecimiento. Esto nos deja clara cuál es la voluntad del donante de beneficiar al donatario a partir del convencimiento de que realiza un acto jurídico con la convicción de que ese es su deseo”.

“En Argentina más del 50 % de los inmuebles tienen como antecedente un título de donación. Muchas veces se deben sortear muchos obstáculos para poder circular dentro del tráfico negocial con la vigencia del nuevo Código Civil y Comercial. Esto trae una paralización cuando los antecedentes son donaciones y la imposibilidad en muchos casos de acceder a créditos hipotecarios o procrear. Es necesaria esta reforma porque es necesaria la seguridad jurídica, es fin principal es proteger la circulación de los bienes”, finalizó.

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