Media sanción de Diputados al Régimen del Teletrabajo
Se aprobó hoy en la Cámara de Diputados el proyecto de Régimen Legal del Contrato del Teletrabajo. Se alcanzó un amplio consenso para arribar a un texto de mayoría (214 votos afirmativos, 1 negativo y 29 abstenciones), aunque hubo disidencias parciales presentadas por los diputados de Juntos por el Cambio. La norma, de ser aprobada por ambas cámaras, entrará en vigencia 90 días después del levantamiento del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Se señala que los empleados gozarán de los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan mediante la modalidad presencial, y su remuneración no podrá ser inferior.
Mediante el proyecto se establecen los presupuestos legales mínimos para la regulación de la modalidad del teletrabajo para aquellas actividades que por su naturaleza y particularidades lo permitan. Los aspectos específicos se establecerán en el marco de las negociaciones colectivas. Se considera teletrabajo la realización de actos, ejecución de obras o prestación de servicios que sean efectuados total o parcialmente en el domicilio del trabajador o en lugares distintos al establecimiento del empleador, mediante la utilización de tecnologías de la información y comunicación.
La jornada laboral debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con la legislación vigente. El empleador deberá proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja. La compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva.
Otro aspecto que se tuvo en cuenta es el de las personas que realizan tareas de cuidado. En este sentido, quienes acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de trece (13) años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada.
Los diputados de Juntos por el Cambio votaron el dictamen de mayoría, aunque presentaron algunas disidencias en los artículos 3,4,5,8 y 9 del proyecto. Al defender la iniciativa, el diputado Albor Cantard, vicepresidente de la Comisión de Legislación del Trabajo de la Cámara baja, afirmó: “Se tuvo en cuenta la problemática de la desconexión de la intimidad, del cuidado, que los acuerdos puedan ser pactados por horas o también por objetivos, y esto es muy importante, en la medida en que se garantice al trabajador la posibilidad de la desconexión y que tenga una jornada que no sea agotadora. Se prevé el otorgamiento de equipos o la correspondiente indemnización cuando el equipo sea del trabajador. Y se garantizan los derechos sindicales y colectivos”.
“Para Juntos por el Cambio –continuó- es una modalidad contractual que no solo ha venido para quedarse, sino que va a crecer y mucho en el futuro, y que para un país que viene golpeado fuertemente en su economía, con más de un 10 % de trabajadores desocupados, y esperando que esto empeore en los próximos meses, tener la oportunidad de regular una modalidad contractual que tiene la posibilidad de generar empleo es uno de los objetivos centrales que tenemos”.
Por su parte, la diputada Dolores Martínez, autora de una de las iniciativas que dieron origen al texto unificado, recordó que “en los últimos meses vimos como nuestra rutina diaria fue fuertemente golpeada por la pandemia. Todo el esfuerzo que se le demanda a la sociedad se da en una situación muy compleja desde lo económico, con cierre de empresas y pérdida de puestos de trabajo. En busca de mitigar estos efectos negativos muchas empresas comenzaron a hacer una reconversión de urgencia hacia el teletrabajo. Nosotros estamos legislando así sobre una modalidad que no está contemplada en la Ley de Contratos de Trabajo, ley diseñada hace muchos años, que arrastra características de un mundo muy diferente al de hoy. Buscamos encontrar puntos armónicos entre esa ley de Contratos de Trabajo y la particularidad de la modalidad del teletrabajo. Tenemos que destacar que principalmente lo que estamos logrando es que no existan diferencias de derechos y obligaciones entre los que realizan tareas en una empresa y los que lo hacen desde su domicilio”.
“Es muy importante la voluntariedad, la reversibilidad, el derecho a la desconexión, la privacidad, la compensación. Y se pudo introducir la conciliación entre la vida familiar y la vida laboral”, agregó.
Por su parte, el diputado Mario Arce destacó tres aspectos en cuanto al trabajo realizado en la comisión, “por un lado el respeto y tratar de garantizar los derechos laborales de los trabajadores, establecer principios mínimos en esta materia e incorporar nuevos derechos, como el derecho a la desconexión laboral, la voluntariedad, la reversibilidad. Nuevos derechos sobre los cuales se va a tener que trabajar mucho para buscar que no sean violados”, dijo. Y en cuanto a las disidencias planteadas por Juntos por el Cambio se refirió a que “estamos preocupados para ver cómo podemos tener más empleo registrado. Por eso vemos como una cuestión pendiente la posibilidad de que haya incentivos fiscales, sobre todo para Pymes, para que puedan acceder de manera más flexible, para ayudar a que esos pequeños comercios puedan cumplir con la normativa”.
“Es necesario incorporar principios y derechos nuevos, como el derecho a la desconexión, la intimidad, el cuidado”, dijo Soledad Carrizo, quien insistió en que se tengan en cuenta las disidencias planteadas por Juntos por el Cambio, por ejemplo el de contemplar que la reversibilidad se de para aquellos trabajadores que comenzaron su labor de manera presencial, de lo contrario se entraría en una situación de cumplimiento imposible, porque no se puede volver a algo que nunca existió, como sería el caso de una persona que comience su trabajo de telemática”.
Luis Petri, por su parte, dijo que “estamos dando respuesta a una modalidad que no tenía regulación específica, pero que no por ello estaba desregulada, ya que el trabajo en nuestro país goza de la protección de las leyes. Pero fue la fuerza de los hechos, el aislamiento y la cuarentena lo que ha hecho que diversas actividades que podían ejercerse a distancia se desplazaran al teletrabajo. Pero muchos trabajos no tienen esa posibilidad en la actualidad”. Petri destacó aspectos de la ley como la voluntariedad, la igualdad en la remuneración, la capacitación, el derecho a la desconexión para garantizar el necesario descanso del trabajador, el derecho a la privacidad, o la compensación por mayores gastos”.
De todas maneras, Petri planteó también algunas objeciones. Dijo que “en algunos casos garantiza con mayor énfasis los derechos de los gremios que de los propios trabajadores. Hay que allanar el camino para que el teletrabajo se multiplique y genere miles de puestos de trabajo en condiciones dignas, que hoy más que nunca necesita la Argentina”.