Diputados Radicales buscan premiar a los cumplidores y que el alivio fiscal que propone Massa no sea sólo para morosos
Legisladores de la UCR presentaron un proyecto de ley que establece un crédito fiscal para los contribuyentes no deudores, ya que el alivio fiscal del oficialismo sólo beneficia a los morosos.
Diputados del Bloque de la UCR, liderados por Gustavo Menna, Mario Negri y Alfredo Cornejo, presentaron un proyecto de ley que busca equilibrar beneficios entre contribuyentes morosos y cumplidores. La iniciativa pretende premiar a quienes están al día con el fisco otorgándoles un crédito fiscal de hasta 100 mil pesos, el mismo monto que establece el proyecto del oficialismo –firmado por Sergio Massa- para condonar deudas a pequeños contribuyentes.
“Recientemente el oficialismo presentó en Diputados un proyecto denominado de “alivio fiscal” por el cual propone condonar deudas de contribuyentes, personas humanas y jurídicas, sucesiones indivisas, pequeños contribuyentes hasta 100.000 pesos. Nosotros creemos que es hora de dar alivio fiscal también a los que han venido cumpliendo con mucho sacrificio con sus obligaciones tributarias, porque ellos también tienen problemas en el marco de la pandemia, de la caída de la actividad económica y del desastre que hizo el Gobierno con el manejo de la economía”, explicó Menna.
“Con lo cual, por un principio de igualdad ante la ley, corresponde también reconocerles esa misma suma de hasta 100.000 pesos a los cumplidores. En este caso, como ellos no tienen deudas con el fisco, el proyecto lo que hace es proponer un crédito fiscal. Esto es: reconocerles 100.000 pesos, el mismo monto que en el proyecto del oficialismo le perdona a los incumplidores, pero en nuestro caso reconocemos un crédito fiscal para compensar con obligaciones futuras en materia tributaria, aduanera y de la seguridad social”, agregó el diputado de Chubut.
¿Qué dice el proyecto?
Artículo 1°.-Otórgase un crédito fiscal por $ 100.000 a las MiPYMES, personas humanas y sucesiones indivisas que sean considerados pequeños contribuyentes en los términos que determine la reglamentación con efecto exclusivo para los contribuyentes que no registren deudas en mora con el Fisco al 31 de agosto de 2021.
Artículo 2°.- El crédito fiscal que se reconoce podrá ser aplicado en forma automática por el contribuyente para compensar obligaciones que se devenguen en lo sucesivo con el Fisco en materia tributaria, aduanera y de la seguridad social hasta agotar la suma de $ 100.000.
Artículo 3°.- No podrán acceder al beneficio que establece esta ley los siguientes contribuyentes:
a) Los que hubiesen adherido a la moratoria aprobada por la ley 27.541 y ampliada por la ley 27.562.
b) Los que hubiesen sido ejecutados fiscalmente o condenados, con condena firme, por multas por defraudación fiscal en los dos (2) períodos fiscales inmediatos anteriores al período fiscal 2020.
Artículo 4°.- El Poder Ejecutivo Nacional, a través de la Administración Federal de Ingresos Públicos, reglamentará la presente ley dentro de los quince (15) días corridos de su sanción y dictará la normativa complementaria e interpretativa necesaria para garantizar el beneficio que reconoce a los contribuyentes cumplidores.
Artículo 5°.- Invítase a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y a los municipios a adherir a este régimen, adoptando en el ámbito de sus respectivas jurisdicciones similares medidas de reconocimiento a los contribuyentes cumplidores.
Artículo 6°.- La presente ley comenzará a regir a partir del día de su publicación en el Boletín Oficial.
Artículo 7°.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
Firmantes: Gustavo Menna, Mario Negri, Alfredo Cornejo, Luis Pastori, Alejandro Cacace, José Luis Riccardo, Lorena Matzen, Gabriela Lena, Sebastián Salvador, Claudia Najul, Federico Zamarbide, Jimena Latorre, Hugo Romero, María Soledad Carrizo (todos del bloque UCR), e Ignacio Torres (bloque PRO).